¿Qué información y documentos debe suministrar?
1.
Monto para Usuarios (original)
¿Cuánto dura?
1.Entrega de copia del acto de calificación por parte del Usuario Operador a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dentro de los (2) días siguientes a la entrega del interesado.
2. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro de los seis (6) meses siguientes al acto de calificación y en ejercicio del control posterior podrá dejar sin efecto la calificación de los usuarios cuando se establezca que no cumplieron con los requisitos exigidos, mediante acto administrativo.
¿Qué normas justifican este trámite?
1.
Decreto 2685 del 28 de diciembre de 1999.
Es bueno saber...
1. Es el usuario que dentro de sus actividades esta; logística, transporte, distribución, telecomunicaciones, investigaciones científicas y tecnología, salud, turística, soporte técnico, equipos de naves o arenaves, consulto rías o similares dentro de la respectiva Zona Franca.
2. Al ser Usuario Industrial de Bienes también pude obtener la calidad de Usuario Industrial de Servicios.
3. Solo podrán estar domiciliados dentro de la Zona Franca por lo tanto no podrán tener sucursales ni agencia en ningún otro lado del territorio Nacional.
4. Quien solicite una (ZFU) será reconocido como único Usuario Industrial de la misma.
5. El Usuario Operador, quien deberá enviar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, copia del acto de calificación correspondiente dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su expedición.
6. Si al año siguiente de la suscripción aumenta o disminuye los activos, se deben ajustar los compromisos de inversión y empleo.
7. El usuario debe permitir labores de control de inventarios.